Las autoridades de control migratorio del Departamento de Policía Federal de
Brasil exigirán, a partir del 02 de Abril de 2012, los
siguientes requisitos para ingreso de turistas españoles en territorio
brasileño:
a) Pasaporte en
vigor (mínimo seis meses);
b) Billete aéreo de
ida y vuelta (la fecha de regreso debe estar ya confirmada);
c) Comprobante de
medios económicos suficientes para manutención durante su estancia en Brasil.
El valor mínimo corresponde a R$ 170,00 (ciento setenta reales) -
aproximadamente € 80,00 (ochenta euros) - al día,
que deberán ser comprobados, por ejemplo, mediante presentación de tarjeta de
crédito y su última factura, para verificación del límite;
d) En caso de
hospedaje en hotel: documento comprobatorio de reserva ya pagada del
hotel o;
d1) En caso de
hospedaje en residencia particular: carta invitación de un particular residente
en la ciudad brasileña de destino, informando el plazo de estancia del turista
español, con firma del declarante compulsada en notario (brasileño), acompañada
de comprobación de residencia emitido a nombre del declarante. Obs.: no hay
formulario específico de carta invitación, siendo suficiente la declaración del
interesado conteniendo las informaciones anteriormente mencionadas.
Estas medidas se aplican solamente a turistas.
Cuando el motivo del viaje fuera negocios deberán ser presentados documentos
que comprueben las actividades que serán desarrolladas en esa condición durante
la estancia en Brasil; en el caso de que no fuera posible, recibirán el mismo
tratamiento que los viajeros en calidad de turistas.
Estas medidas no nos deberían sorprender a los españoles, ya que hasta el 01 de enero del 2009, solicitábamos los mismos requisitos para miembros de paises como Bulgária y Rumanía entre otros, a pesar que éstos ya estaban dentro d ela Unión Européa desde dos años antes.
La pregunta sería:-¿Nos estan tratando los paises emergentes como antes nosotros les tratábamos a ellos?.
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